07 de mayo de 2024 <Atrás

El Gobierno español ha aprobado recientemente una nueva ley que regula la actividad de los influencers en las redes sociales.

Esta normativa busca establecer pautas claras y responsabilidades para quienes ejercen influencia en plataformas como Instagram, YouTube y TikTok.

Importancia en la regulación

La regulación de los influencers se vuelve imperativa debido al impacto significativo que tienen en la sociedad y en la toma de decisiones de sus seguidores.

Al ser figuras públicas con gran alcance, es esencial que existan normas que guíen su comportamiento y la transparencia en sus acciones. No fue hasta hace unos años que empezamos a darnos cuenta de que los llamados influencers realmente estaban creando una nueva manera de comunicar sin precedentes. 

Afectación a los influencers

Esta nueva ley afectará principalmente a aquellos influencers que promocionan productos o servicios, ya que se verán obligados a ser más transparentes en sus publicaciones, identificando claramente el contenido patrocinado y cumpliendo con las normativas establecidas. El incumplimiento de esta ley podrá ocasionar multas de hasta 1.500.000€ en los casos más graves. 

Tendrán que cumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual que entró en vigor en 2022.

Criterios de Aplicación

Según la información proporcionada, para ser considerado un «usuario de especial relevancia» bajo esta nueva ley, un influencer debe cumplir con los siguientes criterios:

  • Tener ingresos anuales superiores a 300.000 euros.
  • Superar el millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en el conjunto de su actividad.
  • Publicar 24 o más vídeos en un año.

Obligaciones de los Influencers

En España hay, aproximadamente, 600 influencers que cumplen con estos requisitos. Ellos deberán:

  • Inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales.
  • Identificar claramente el contenido publicitario en sus publicaciones.
  • No hacer publicidad de productos como tabaco, alcohol, medicamentos o juegos de azar. Únicamente podrán promocionarse bebidas alcohólicas si: son de más de 20° de graduación, se podrán anunciar de 01:00h a 05:00h de la madrugada, si son de menos de 20° entre las 20:30h y 05:00h.
  • Respetar la protección de menores en sus contenidos, categorizar por edad.

Impacto en las Agencias de Comunicación

Las agencias de comunicación pueden beneficiarse significativamente de la nueva ley de influencers por varias razones:

  • Aporta Claridad y Profesionalización: La regulación establecida proporciona un marco claro y definido para las actividades de los influencers, lo que facilita a las agencias la comprensión de las normativas y la planificación de estrategias publicitarias, actividad que realizamos con asiduidad desde Bemypartner y ofrecemos el servicio a nuestros clientes. 

  • Incrementa la Ética y Responsabilidad: Al imponer restricciones sobre la publicidad de productos sensibles como tabaco, alcohol, medicamentos y juegos de azar, la ley promueve prácticas publicitarias más éticas y responsables, lo que beneficia la reputación de las agencias y fortalece la confianza del público en las campañas. 

Hablamos también de nuevas oportunidades de negocio, la necesidad de que los influencers se registren y cumplan con las nuevas normativas abre la puerta a que desde Bemypartner sigamos ofreciendo servicios de asesoramiento, gestión y monitorización para ayudar a los influencers a adaptarse a la nueva ley y a las empresas a saber qué influencer será más adecuado.

La nueva ley de influencers en España busca regular esta actividad, reconociéndose como una profesión audiovisual que debe estar sujeta a normas similares a las de la televisión. Esto fomenta la transparencia, la competencia leal y un entorno más ético y responsable en las redes sociales. 

Pero, ¿Qué opinan ellos?

Os dejamos un vídeo resumen de lo que piensa Illojuan, que acumula más de 3,1 millones de seguidores y 45.000 suscriptores en Twitch, 1 millón en Instagram y 1,5 millones en Youtube, entre otras plataformas. 


Fuentes

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